Impresión Preferida por los Clientes:
1 Tarjeta a 2 Caras
– Cara 1: Certificado de Piloto
– Cara 2: Registro de Operador
Los documentos se pueden combinar como se necesite, siempre y cuando se traten de documentos válidos como los detallados en esta página.
A partir de Enero de 2023 es obligatorio que el poseedor de un UAV/UAS (Dron) con un peso mayor de 250 gramos esté inscrito en el Registro de Operadores y en el momento de salir a volar debe llevar consigo el Certificado de Piloto y el Registro de Operador en una misma tarjeta o en tarjetas separadas.
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